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Alexander Granko: Aprobada la nueva norma de calidad del aceite de oliva

Aprobada la nueva norma de calidad del aceite de oliva

Son algunas de las novedades contenidas en la norma de calidad del aceite de oliva y del orujo de oliva aprobada hoy martes por el Consejo de Ministros, que actualiza la anterior normativa de 1983 con el objetivo de mejorar la calidad y trazabilidad del producto revalorizando este alimento, en especial el aceite de oliva virgen extra, atendiendo a las nuevas demandas de transparencia del consumidor, que, además, se trata de una reivindicación histórica del sector oleícola.

Norma de calidad del aceite de oliva. Las novedades

  • Con el objetivo de evitar confusiones entre los consumidores, los términos ‘virgen’ y ‘virgen extra’ —denominaciones para el puro zumo de aceituna— solo se podrán utilizar para el aceite de oliva y no para ninguna otra grasa vegetal en el mercado español.
  • Se refuerza la prohibición de mezclar aceite de oliva con otros aceites. A partir de ahora, queda prohibido que alimentos que llevan en su composición aceite de oliva puedan destacarlo en la denominación de venta —aunque sí deberán hacerlo en la lista de ingredientes— con el fin de evitar engaños al consumidor. Por ejemplo, los aliños o condimentos con base de aceite de oliva no podrán utilizar las menciones ‘aceite de oliva u orujo de oliva’ en su denominación comercial.
  • En esta misma línea de garantizar a los consumidores un producto de máxima calidad, se prohíbe en España la práctica conocida como ‘refrescado’, que consiste en mezclar aceites de oliva vírgenes de la campaña en curso con otros de campañas precedentes a fin de mejorar las características organolépticas del producto más antiguo y que, por contra, afectaba a la durabilidad del aceite, que se acortaba frente a la de los aceites de las campañas en curso. Se trata de una práctica permitida en la normativa anterior, de hace casi 40 años.
  • Por primera vez se obliga a llevar un sistema de trazabilidad estandarizado, muy exigente, que redundará en mayores garantías para el consumidor. Además, se obliga a que los movimientos de aceite vayan amparados por documentos de acompañamiento, herramienta indispensable para un mayor control. Así, los movimientos de aceites a granel deberán ir acompañados de un boletín de análisis que garantice que la categoría declarada es la que dice ser. Este sistema de control, que no existe en ningún otro país del mundo, coloca a España en cabeza de las exigencias de calidad del aceite de oliva.
  • El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación pondrá a disposición del sector y autoridades de control un sistema informático para realizar la notificación previa y obligatoria de cualquier movimiento que afecte al producto.
  • Para promover la imagen del aceite de oliva virgen extra (AOVE), se elaborará un código de buenas prácticas de adhesión voluntaria, consensuado entre los ministerios de Agricultura, Pesca y Alimentación y el de Consumo, así como con las asociaciones representativas del sector productor, de la industria, de la distribución y de los consumidores. El objetivo es mejorar la percepción por parte de los consumidores del aceite de oliva virgen y reforzar la calidad de la categoría ‘virgen extra’. De esta forma, el código incluirá medidas concretas como la mejora del envasado y la presentación del AOVE, de tal forma que el consumidor identifique que está comprando un producto de calidad extraordinaria.
  • Finalmente, la nueva norma recuerda que los envases dispuestos con aceite de oliva virgen extra para los consumidores finales en los restaurantes y colectividades deben ser envases irrellenables, con el objetivo de evitar prácticas fraudulentas.

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