Alexander Granko: Ayudas extraordinarias para para el sector agrario y pesquero por las borrascas en Andalucía y Extremadura

Ayudas extraordinarias para para el sector agrario y pesquero por las borrascas en Andalucía y Extremadura

Así se decidió en el Consejo de Ministros celebrado el pasado martes, que dio luz verde, con el Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, a un plan de ayudas extraordinarias con un presupuesto total de 2874,1 millones de euros para los agricultores, ganaderos, pescadores y acuicultores de Andalucía y Extremadura, las comunidades autónomas más afectadas y con mayor siniestralidad por el tren de borrascas de gran intensidad producido desde el 1 de enero de 2026 y que han afectado a la viabilidad de sus actividades.

Ayudas extraordinarias

El tren de borrascas ha generado cuantiosas pérdidas en cultivos y sistemas agrarios de gran impacto económico. Ha afectado al litoral, al ocasionar importantes perjuicios en el desarrollo de la actividad pesquera y acuícola. En el sector ganadero, los distintos temporales han ocasionado diversos problemas como el incremento en los costes de los piensos.

Además de ayudas directas y subvenciones exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto de Sociedades —exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto de Sociedades— para reparar caminos e infraestructuras agrarias, así como para recuperar regadíos, el Real Decreto-ley contempla líneas de carácter fiscal —exención del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) rústico, reducción de los módulos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) — y laboral: reducción de peonadas de 35 a 5.

Las ayudas directas suman 2174 millones de euros para 619 municipios de Andalucía y Extremadura, que se concederán de oficio, sin que el beneficiario tenga que hacer ningún trámite. Así, figuran subvenciones para compensar la pérdida de renta (2.121 millones de euros) para las personas titulares de explotación (agricultores, ganaderos y acuicultores) inscritas en el registro autonómico de explotaciones agrarias. La ayuda, con un mínimo de 5000 y un máximo de 25 000 euros, supondrá el 30 % de los ingresos agrarios de la última declaración fiscal.

Las personas titulares de pólizas de seguro agrario percibirán, además, sin tener que solicitar esta línea, una ayuda directa adicional por 43,1 millones de euros. Las explotaciones aseguradas en el Plan de Seguros Agrarios Combinados percibirán una subvención complementaria de hasta el 70 % del coste de la prima, el máximo que permite la normativa europea. A los que tengan seguro agrario con parte de daños se le pagará la franquicia, es decir, el porcentaje de daños no indemnizado.

Los armadores optarán a unas ayudas directas de 10 millones de euros. Los beneficiaros serán los armadores de buques pesqueros con puerto base en las provincias de Málaga, Cádiz y Huelva. Se les compensará en caso de pérdidas superiores al 40 %.

Por otro lado, el ministerio habilita otras medidas extraordinarias como la restauración de caminos e infraestructuras de riego, con un presupuesto de 600 millones de euros, que ejecutarán las empresas de titularidad pública Tragsa y la Sociedad Estatal de Infraestructuras Agrarias (Seiasa) y que abarca la totalidad del territorio andaluz y extremeño.

Los afectados del sector agrario y pesquero de toda Andalucía y Extremadura también podrán optar a una línea de financiación especial del Instituto de Crédito Oficial-Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación-Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (ICO-MAPA-SAECA) como consecuencia de las borrascas por un total de 100 millones de euros. La ayuda bonificará el 15 % del principal de las operaciones de financiación, así como el 100 % del coste del aval.

Otras medidas fiscales y laborales recogidas en el real decreto-ley son la reducción de jornadas de 35 a 5 tanto para el subsidio como para la renta agraria; la consideración de fuerza mayor a efectos obligaciones para optar a algunas ayudas en el marco de la Política Agraria Común (PAC), por ejemplo; la reducción de módulos del IRPF en el sector agrario; así como la exención del Impuesto de Bienes Inmuebles de naturaleza rústica.

 

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